La Ley de Garantías se aplica sobre los bienes de consumo que engloban desde un electrodoméstico a un vehículo, pasando por muebles, objetos de todo tipo e incluso obras de arte. Las garantías se aplican a productos nuevos y de segunda mano, siempre que se compren a un vendedor profesional y no a otro usuario.

¿Cuándo estamos ante un producto no conforme?

Cuando el producto no se ajusta a la descripción y cualidades indicadas por el vendedor o cuando el producto no sea apto para el destino propio de productos del mismo tipo. En definitiva, cuando el producto no tenga la calidad y prestaciones que un consumidor puede fundadamente esperar de un producto del mismo tipo.

¿Quién responde de la garantía?

Ante el consumidor el responsable es el vendedor, debiendo dirigirse la reclamación contra él siempre que sea posible.

¿Qué posibilidades tiene el comprador?

El consumidor podrá optar entre la reparación o la sustitución de un producto que está en garantía. Sin embargo, si una de estas posibilidades fuese objetivamente imposible o desproporcionada, no podrá optarse por ella.

Si el vendedor no lleva a cabo la sustitución o reparación en un plazo razonable, el consumidor podrá solicitar una reducción del precio o la resolución del contrato (la devolución del dinero).

¿Cuánto dura la garantía?

La garantía legal cubre dos años desde la entrega de los productos de primera mano o un año como mínimo desde la entrega de productos de segunda mano, aunque siempre se puede pactar una ampliación de la garantía.

¿Qué cubre la garantía?

La garantía legal cubre las piezas necesarias para reparar el producto, los gastos de envío o de desplazamiento y la mano de obra.

Para ejercer la Garantía, es indispensable presentar justificación documental que acredite la compra del producto, ya sea la factura, ticket de compra, albarán de entrega, o tarjeta de garantía sellada y fechada. En ningún caso puede exigirse al consumidor la conservación del embalaje original para el ejercicio de sus derechos, y ello con independencia de que ello se haya advertido en la publicidad o se encuentre indicado en las condiciones generales de la contratación.

¿Qué son los Servicios de Asistencia Técnica (SAT)?

Son los establecimientos o personas que, se dedican a la reparación, instalación y/o conservación o mantenimiento de aparatos de uso doméstico (pequeño electrodoméstico). Prestan sus servicios tanto en los locales donde desarrollan su actividad como en los domicilios de las personas usuarias.

Son SAT oficiales de la marca los que poseen autorización del fabricante. Están obligados a reparar todos los aparatos de las marcas que representan, independientemente de donde se haya comprado.

Todas las reparaciones de los SAT tienen una garantía por un periodo de validez mínimo de 3 meses siempre que éste no sea manipulado por terceros.

¿Dónde y cómo reclamar?

Lo primero es intentar un acuerdo amistoso con la empresa a través de su Servicio de Atención al Cliente. Si puedes, deja constancia escrita de tu queja. Si tras reclamar no recibes respuesta en un plazo razonable, entonces tendrás que acudir a la mediación o el arbitraje de consumo, a través de la OMIC que corresponda.

Siempre podrás interponer una reclamación por vía administrativa (la hoja de reclamaciones). Con ella no obtendrás ninguna indemnización, pero la empresa será expedientada.

Si la reclamación no prospera, puedes iniciar un Arbitraje de Consumo. Es un instrumento habilitado por la Administración Pública para reclamar en materia de consumo y resolver conflictos. El inconveniente es que ambas partes deben someterse de forma voluntaria, por lo que si la empresa a la que se reclama no acepta el arbitraje hay que acudir a la vía judicial. Si te encuentras en esta situación, llámanos, podemos ayudarte.